URL: http://www.xs4all.nl/~rehue/act/act224.html


Solidaridad con la Comunidad Mapuche Leufuche de la República Argentina


General Roca, Río Negro, República Argentina

Septiembre 21 de 1.999.-

Sres.:

 

Los abajo firmantes, parte de los miembros de la comunidad aborigen mapuche "Leufuche" – que en nuestra lengua quiere decir gente del río, o que habita a la orilla del río -, nos dirigimos a Uds. a fin de ponerlos en conocimiento de la dramática situación que estamos atravesando.-

Hemos vivido desde siempre en posesión de nuestras tierras ubicadas en la margen sur del río Negro, en la zona denominada "Paso Cordova", General Roca, Río Negro, República Argentina.-

La personería jurídica de nuestra comunidad se halla en trámite - lo que posibilitará la adquisición de la propiedad comunitaria de nuestro territorio - y nuestra única fuente de sustento es la práctica de la ganadería extensiva.-

La Municipalidad de General Roca ha dictado una ordenanza (número 3.064) que dispone ilegalmente de trescientas de las hectáreas que ocupamos, cediéndolas gratuitamente a la empresa que se presente para instalar un proyecto productivo (que sería una bodega para la producción de vinos).-

Ello impediría que nuestros animales tengan el sustrato vegetal necesario para su alimentación y la situación se agrava ya que cualquier cercamiento no permitiría su acceso al río, con lo que se vería imposibilitada la provisión de agua; condenándosenos en definitiva a la miseria más absoluta, a la marginación y a la muerte.-

Desde ya vivimos en condiciones muy humildes y después de toda una vida de trabajo se nos quiere quitar parte de las tierras que nos pertenecen (en las cuales se hallan incluso sepulturas de nuestros antepasados), viéndose nuevamente avasallado nuestro pueblo mapuche como ha venido sucediendo a lo largo de la historia por las intervenciones inconsultas del poder público.-

Estamos de acuerdo con proyectos productivos e inversiones pero que no violen la Constitución nacional, leyes internacionales, nacionales y provinciales, no dañen el medio ambiente y no nos quiten nuestro único medio de sustento.-

Esta nueva injusticia está sucediendo cuando falta poco para llegar al año 2.000 y dentro de un gobierno democrático, que tendría que legislar para el bien común sin vulnerar nuestros más fundamentales derechos humanos.-

Actualmente, hemos hecho una presentación legal con el patrocinio de los abogados Roberto Fernández Bueno –teléfono 0054 02941 422320- y Darío Rodriguez Duch –este último letrado de la Coordinadora del Pueblo Mapuche-(una acción de amparo ante la Justicia Federal que se halla en trámite) a fin que se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza 3.064 atento violar los nuevos derechos de las comunidades indígenas legislados en la Constitución Nacional de la República Argentina a partir del año 1.994.-

En efecto, el artículo 75 inc. 17 establece que corresponde al Congreso "Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones".

Asimismo se ha violado la Constitución de la Provincia de Río Negro, el Convenio 169 de la O.I.T. sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, ratificado por la ley nacional 24.071, la ley 23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes y la Ley integral del Indígena Rionegrino (numero 2.287) que dispuso la adjudicación en propiedad de la tierra que detentan las comunidades indígenas rionegrinas (lo que se estaba llevando adelante dentro de un programa denominado "DE REGULARIZACION DOMINIAL DE TIERRAS INDIGENAS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO" con participación del CO.DE.CI – Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas de la Provincia de Río Negro- y del I.N.A.I. – Instituto Nacional de Asuntos Indígenas- y financiado por el Banco Mundial).-

Jamás fuimos consultados antes del dictado de la ordenanza, y eventualmente vamos a llegar a la Corte Suprema de Justicia de la República Argentina y en su caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos por medio de la vía habilitada por el artículo 44 y ss. de la "Convención Americana de Derechos Humanos" ("Pacto de San José de Costa Rica").-

Sabemos de lo arduo de nuestra lucha pero estamos unidos y contamos con la solidaridad de gran parte de la población, que sabe de nuestro histórico respeto por la naturaleza, que desde tiempos ancestrales habitamos nuestras tierras (actualmente dentro de una zona ecológicamente protegida) y que sentimos más allá de las decisiones que tome el poder, la justicia en nuestro corazón.-

Gracias por la atención y cualquier muestra de solidaridad y apoyo para con nuestra problemática (que es similar a la de todos los pueblos preexistentes del Continente Americano) será bienvenida.-

Toda adhesión resulta valiosa para lograr que se haga justicia y puede dirigirse a la dirección de correo electrónico rofer@arnet.com.ar o al número de fax 0054 02941 431802.-

Un fuerte abrazo y nuestro compromiso en pos de la lucha común que nos une, por los derechos de todos nuestros hermanos indígenas y el respeto de los Derechos Humanos de todos los ciudadanos.-

MIGUEL ANGEL TRIPAILAO

HUGO JACINTO TRIPAILAO

JUAN FARIAS

OSVALDO OSCAR SIMON

SANTOS GONZALES

SANTIAGO LEFIPAN

DARIO CRISTIAN LEFIPAN

DEMETRIA PAILLA

RAUL SANCHEZ

JOSE SANCHEZ

SUSANA FARIAS

NORMA AMESTOY

JUAN CARLOS COLIQUEO

LAURA LILIANA FARIAS

ROLANDO BARRA


Volver Índice