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ANT.: Oficios Ord. Nº970365 de fecha 7 de febrero de 1997; Nº970422 de fecha 17 de febrero de 1997; Oficio Ord. Nº970561 de fecha 3 de marzo de 1997 y Oficio Ord. Nº970563 de fecha 5 de marzo de 1997, todos de CONAMA.
REF.: Remite informe sobre documento Temuco, 7 de marzo de 1997 |
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- A
- : Sra. Vivianna Blanlot S.
- Directora Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente
- DE
- : Mauricio Huenchulaf Cayuqueo
- Director Nacional de CONADI.
01. En virtud de los antecedentes entregados a través de los Oficios del antecedente, procedemos a informar a CONAMA sobre la opinión de CONADI respecto el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto.
Específicamente, corresponde a la CONADI pronunciarse en relación a si este último se hace cargo de las disposiciones del artículo 11º de la Ley General de Bases del Medio Ambiente (Nº19.300) y, en particular, si el estudio presentado propone medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas.
Con lo anterior entendemos que la CONAMA y la CONADI dan cumplimiento al mandato general consagrado en los artículos 1º y 39º de la Ley Indígena (Nº19.253), que establece los deberes generales y atribuciones específicas del Estado en favor del desarrollo integral de las personas y comunidades indígenas.
Según lo anterior, debe entenderse que la emisión del presente documento no agota en modo alguno lo dispuesto por el artículo 34º de la Ley Indígena, que establece el deber de los servicios de la administración del Estado de escuchar y considerar la opinión de las organizaciones indígenas que reconoce tal ley, cuando traten materias que tengan injerencia o relación con cuestiones indígenas. 02. Para proceder a la revisión del documento denominado "Addendum del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Central Hidroeléctrica Ralco", incluyendo la "Divulgación y Consulta a los Afectados", nos remitimos a la comunicación inmediatamente precedente de CONAMA, correspondiente al Oficio Ord. Nº970563 de fecha 5 de marzo de 1997, que modifica y complementa lo indicado en el Oficio Ord. Nº162-DE/962093 de fecha 2 de octubre de 1996, que hace referencia al "Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Central Hidroeléctrica Ralco".
03. Dada la particular forma de abordar la situación de los mapuche-pehuenches que serían afectados por el proyecto, obviándolos en el proceso de aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones del estudio de impacto ambiental y tratando su situación sólo en el contexto de una eventual relocalización, la CONADI se atendrá a la redacción original del "Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Central Hidroeléctrica Ralco", en todo lo relacionado implícita y explícitamente con los mapuche-pehuenches afectados por el proyecto. Este documento será la base para contrastar el nivel de cumplimiento de las exigencias planteadas por CONAMA para la elaboración y entrega del Addendum referido.
Adicionalmente, siguiendo la exposición planteada por ENDESA S.A. en el mismo Addendum, consistente con lo manifestado en la carta Nº258 de fecha 12 de septiembre de 1996 dirigida desde la Gerencia General de ENDESA S.A. a CONAMA, entenderemos que todo lo acordado en las actas referidas no se refiere a las comunidades mapuche-pehuenche, por lo que los mismos temas tratados, aclarados, rectificados y ampliados según el acuerdo obtenido con los expertos y sectorialistas de distintas instituciones públicas y privadas, podrán ser retomados y analizados en tanto tengan relevancia para la situación de los indígenas afectados por el proyecto.
Finalmente, entenderemos que todas las solicitudes de aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones contenidas en el "Informe Consolidado" indicado, y que tienen relación con las comunidades mapuche-pehuenches, deberían haber sido respondidos por ENDESA S.A. en el apartado del Addendum denominado "Plan de Relocalización". 04. Revisado el "Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Central Hidroeléctrica Ralco", se presentan a continuación las observaciones y opiniones de la CONADI en relación al señalado Addendum entregado por ENDESA S.A., organizadas en torno a los requerimientos de tal Informe que se relacionan de algún modo con las personas y comunidades mapuche-pehuenches.
I. DESCRIPCION DEL PROYECTO
a. Del punto 2.1. sobre "Justificación del Proyecto".
No quedan demostrados los beneficios reales de esta opción frente a otras alternativas. El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en tanto proceso público para definir la conveniencia de una inversión para la sociedad chilena, debe necesariamente tener una escala nacional y fundamentarse en estudios acabados sobre las ventajas y desventajas ambientales de un proyecto, en relación a otros igualmente factibles, pero con impactos diferentes.
Así, la inclusión del proyecto Central Ralco en el Plan de Obras de la Comisión Nacional de Energía nada indica respecto a la conveniencia del proyecto, debido a que es obligación de tal comisión incorporar al Plan de Obras a todo proyecto cuya propietaria lo declare en construcción. Contrariamente, como lo ha mostrado el estudio "Evaluación Económica del Proyecto Central Hidroeléctrica Ralco" de EMG Consultores, basados en antecedentes e información de dominio público de la propia CNE y dado a conocer públicamente en enero de 1997, al adelantar la construcción de las obras de la Central Hidroeléctrica Ralco, del 2006 al 2002, el país debe incurrir en un costo adicional de US$ 36,3 millones. Lo anterior, debido a que ENDESA S.A., basada en su estrategia de negocios declara en construcción la obra y obliga a la CNE a reformular su calendario, alejándolo de aquel de mínimo costo para el país, establecido en el Plan de Obras de septiembre de 1995.
Por otra parte, el mismo estudio muestra, tomando como referencia el Plan de Obras de marzo de 1996 de la CNE, que la alternativa de utilizar dos centrales de ciclo combinado (gas natural) en reemplazo de Ralco, le cuesta al país US$ 4,14 millones de dólares adicionales. Si solo uno considera sólo el presupuesto de compensaciones (en especies valorizadas, servicios y dinero) que está ofreciendo ENDESA S.A. a los mapuche-pehuenches en el Addendum al Estudio de Impacto Ambiental, cercano a US$12 millones, el país como conjunto vuelve a perder casi US$ 8 millones al ejecutarse el proyecto.
Por los antecedentes expuestos, consideramos que no se presenta una justificación apropiada del proyecto que involucre sus reales costos económicos, sociales y ambientales, para el país, pese a existir antecedentes y un debate público abierto sobre la materia, en el cual la propia ENDESA S.A. ha participado.
b. Del punto 2.2. sobre las "Reservas Nacionales de Ralco y Nalcas".
La caracterización del Impacto Ambiental entregado en el Addendum es superficial y se basa al parecer en la apreciación personal del autor, pues no se hace referencia a estudios específicos que den cuenta de su estado actual y proyecciones futuras.
Por carta de la propia IFC a CONADI, nos consta que Pangue S.A. y la Fundación Pehuén han recibido el documento denominado "A Participatory Interim Evaluation of the Pehuen Foundation", encargado por la International Finance Corporation (IFC) al consultor independiente Theodore E. Downing. Traducimos textualmente el párrafo 168 del citado informe: "Aun observadores casuales notan el alto volumen de camiones madereros moviéndose fuera de las comunidades cada día. Ni la CONAF, Pangue, su estación ecológica, ni la Fundación han monitoreado la tasa de deforestación que ha tenido lugar en la cuenca desde que el proyecto comenzó. En un intento de obtener una estimación cuantitativa de la deforestación, el equipo de la evaluación participativa compiló información de los planes de manejo de CONAF (1988-1992) y permisos de transporte de camiones (1993-1994) los cuales listaron a Callaqui, Pitril y Quepuca-Ralco como sus puntos de origen. Tres modelos fueron construídos, basados en altos, medios y bajos retornos forestales (16, 63 y 158 m3 por hectárea). En 1991, la Evaluación Ambiental estimó que las tres comunidades poseían 30350 hectáreas , de las cuales cerca de 11.000 eran renovales jóvenes, intervenidos, o bosques de Araucarías. Entre 1988 y 1994, las tres comunidades perdieron entre 3.700 y 6.850 hectáreas de bosque para actividades de corta. No hubo forestación alguna. La mayoría de esta corta parace haber ocurrido entre 1989 y 1994. Desde 1991, la tasa de deforestación parece estar entre 1,3 y 8,5 por ciento por año, una preocupante alta tasa para cualquier ecosistema humano sin reforestación (Tabla 17)".
Tabla 17. Estimación de deforestación y tasas anuales 1991-1994
| Modelo I (16 m3/ha.) | Modelo II (63 m3/ha. ) | Modelo III (158 m3/ha.) | ||||
| Has. | Tasa porcentual de Pérdida Anual |
Has. | Tasa porcentual de Pérdida Anual |
Has. | Tasa porcentual de Pérdida Anual |
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| Callaqui | 558 | 10,8 | 176 | 3,2 | 92 | 1,7 |
| Pitril | 1207 | 5,4 | 400 | 1,8 | 235 | 1,1 | Quepuca-Ralco | 1929 | 11,9 | 536 | 3,3 | 251 | 1,5 | TOTAL | 3724 | 8,5 | 1112 | 2,5 | 578 | 1,3 |
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El mismo informe señala que entre 20 y 30 intermediarios forestales, localizados entre Los Angeles y Santa Bárbara toman ventaja de esta situación, ofreciendo a los mapuche-pehuenches completar los trámites para obtener planes de manejo forestal. A cambio, acuerdan cosechar el bosque y pagar una fracción al propietario. Luego, a través de contratistas, generalmente externos a la zona, movilizan las maquinarias y herramientas necesarias para cortar. Estos últimos, a su vez, no reforestan, debido a que la responsabilidad legal recae en los mapuche-pehuenches, en tanto propietarios. Debido a ello, generalmente los indígenas encaran multas y, debido a la imposibilidad de pagar, riesgos de encarcelación. A su vez, debido a la falta de protección jurídica, tal situación los coloca técnicamente como fugitivos de la ley.
Si la apertura de cerca de 30 kilómetros de caminos en la cuenca del Bio Bío, a que hace referencia el "Informe Consolidado" se lee a la luz de estos antecedentes y ello se suma que cerca de 3.000 hectáreas de bosque nativo serán inundadas por el embalse contemplado en el proyecto, se puede concluir que el tema de la presión forestal sobre las Reservas Nacionales de Ralco y Nalcas no ha sido tratado en el Estudio de Impacto Ambiental y su Addendum con la profundidad que se requiere.
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